Diseño del blog

LA CNMC OBLIGARÁ A LAS ELÉCTRICAS A CAMBIAR SUS MARCAS PARA NO CONFUNDIR AL USUARIO

El pasado 16 de marzo, la CNMC abrió un procedimiento “jurídicamente vinculante” sobre la obligación de los grupos energéticos verticalmente integrados “de no crear confusión a los consumidores en la información y la presentación de su marca e imagen de marca”. Una medida que cambiará radicalmente el actual mapa del mercado eléctrico y del gas si se traduce en la obligación de que las distintas filiales de las grandes compañías (Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo) cambien sus actuales nombres (marcas e imagen) y no solo el apellido, como ocurre ahora.

Las eléctricas tienen cuatro negocios de naturaleza diferente: la distribución, una actividad en régimen de monopolio legal (a cada edificio solo puede llegar el cable de una sola compañía) por la que el usuario paga un peaje por el uso de las redes que determina el Gobierno; la venta de energía a un precio regulado (el PVPC) a los domésticos con menos de 10 kW, actividad que desarrolla través de sus comercializadoras de referencia (COR), y la comercialización en el mercado libre, a un precio libremente pactado con cualquier tipo de consumidor. A estas actividades hay que añadir la de generación, también liberalizada, que, al carecer de clientes minoristas, no provoca confusión.

La apertura del procedimiento por parte de la CNMC, al que ha tenido acceso el periodico Cinco Días, es previa a cualquier decisión final, pero de antemano el objetivo es evitar que las distribuidoras y comercializadoras de referencia de un mismo grupo empresarial que las comercializadoras del mercado libre creen confusión en la información que remitan al consumidor, en la presentación de su marca [denominación social] e imagen, “como el logotipo o sus colores”.

La CNMC ha abierto un plazo para que empresas y consumidores presenten sus alegaciones, que termina esta semana, y cuyo proceso no se augura nada pacífico. Por un lado, se posicionan las dos grandes o incumbentes (Endesa e Iberdrola) y, por otro, el organismo supervisor, las pequeñas de Unesa y las decenas de eléctricas independientes del mercado liberalizado. Entre las de Unesa, destaca la posición más radical de EDP España, que va a solicitar, “de manera proactiva”, que se imponga una única marca blanca para todas las COR, sea cual sea su propietario.

La asturiana, filial de EDP, pide que en España se aplique una separación de denominación que ya se ha impuesto a su matriz en Portugal o a la francesa EDF. EDP está a punto de desvelar el nuevo nombre de su comercializadora regulada y la distribuidora de EDF ha pasado a llamarse Enedis.

Con el procedimiento, el segundo jurídicamente vinculante que acuerda la CNMC, este organismo pretende cumplir con la obligación que impone la Ley del Sector Eléctrico (24/2013), para que los grupos que desarrollen actividades reguladas y libres “no creen confusión” respecto a la marca e imagen de sus filiales liberalizadas (otro tanto, ocurre con la Ley de Hidrocarburos, en el caso del gas). La Comisión recuerda que este precepto procede de la normativa europea traspuesta por España.

La CNMC sostiene que la confusión está generalizada y para ello aporta datos e informes. Según el Panel de Hogares de 2014, que elabora este organismo, “más de la mitad de los mismos desconoce las diferencias entre comercializador y distribuidor de energía y ocho de cada diez hogares no son capaces de distinguir entre el suministro en el mercado libre y el de último recurso”.

El Consejo de Reguladores Europeos de Energía (CEER) enumera 12 países en los cuales existe confusión en la imagen de marca e identidad corporativa de los grupos verticalmente integrados. Y España figura entre los países con mayor número de empresas que incumple este precepto”, señala la CNMC.

En estudios de supervisión de este organismo, se incluye entre “las malas prácticas detectadas en la contratación de electricidad y gas, la falta de diferenciación de las marcas de muchos comercializadores”. Estos continúan utilizando marcas y logos similares entre sus distintas sociedades. Algo que el supervisor ve como “una ventaja del comercializador ligado al distribuidor de la zona”. E, incluso, que se trata de prácticas que pueden estar “derivando en una ventaja ilícita” de los grupos verticalmente integrados.

La CNMC ha tenido en cuenta las denuncias en este sentido de asociaciones de consumidores, como la OCU, la UCE-Asturias o Asufin. Esta última critica la similitud de los logos y canales de información de las empresas integradas que suministran al tiempo luz y gas.

Para resolver el procedimiento administrativo, la CNMC tiene tres meses de plazo. Por el momento, va a escuchar a las partes, que tendrán también derecho de audiencia cuando formule o concrete una propuesta final. El organismo podrá establecer un plazo para que las afectadas apliquen las medidas que se les impongan y les podrá exigir un plan de ejecución.
Share by: